La LXII Legislatura de Congreso del Estado de México, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 62 fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; artículos 13 A fracción VI inciso c, 182, 183, 184 y 185 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, establece las siguientes
Las candidatas y los candidatos a obtener el Pergamino y la Medalla al Reconocimiento Docente 2026, deberán ser maestras o maestros pertenecientes a las instituciones de educación pública y particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, quienes se distingan por su labor educativa y su compromiso social, a través de actividades o acciones que representen el enaltecimiento de la formación de alumnas y alumnos del Estado de México.
I. Educación básica
En sus niveles de educación inicial, preescolar, primaria y secundaria;
II. Educación media superiorI. Educación básica
En sus servicios de bachillerato general, bachillerato tecnológico, bachillerato intercultural, educación media superior a distancia;
III. Educación superiorII. Educación media superiorI. Educación básica
En sus niveles de licenciatura, especialidad, maestría, doctorado y técnico superior universitario
El registro de candidatas y candidatos se podrá realizar a partir de la publicación de la presente convocatoria, 20 de marzo hasta el 20 de abril del presente año.Se enuncia la página https://forms.gle/V2ENjLtxLufPgaeDA como único medio habilitado para realizar la inscripción.
Se deberá realizar el llenado de todos los apartados del formato de registro, adjuntando en un solo archivo en formato PDF, los siguientes documentos en orden:
El llenado INCORRECTO de los datos o la entrega incorrecta de la documentación ANULARÁ la participación en el proceso.
Las galardonadas y los galardonados de la edición 2025 de la presente convocatoria, quedarán impedidos para registrarse en la misma modalidad en la que concursaron.
El llenado de los datos se realizará a través del sitio web habilitado para efectos de la presente convocatoria.
En caso de ser necesario se le solicitará a la candidata o candidato documentación original para cotejo.
1. Excelencia educativa
A quienes su preparación y desempeño profesional sean destacados e incidan en la promoción de aprendizajes entre las y los alumnos, así como en la colaboración respetuosa y armónica a favor de la comunidad;
2. Gestión escolar.
A las y los directivos, cuyo liderazgo les haya permitido gestionar formas de organización y funcionamiento óptimas para la mejora del centro educativo en donde laboran, con impacto en el desarrollo escolar de las y los alumnos, la convivencia escolar armónica, la optimización de los recursos y el desarrollo de la comunidad en la que se inscribe la escuela;
3. Impulso de una cultura de paz, inclusión y equidad.
A quienes impulsen una cultura de paz, inclusión y equidad con impacto en el desarrollo cognitivo, afectivo y socio emocional de la comunidad escolar;
4. Innovación pedagógica.
A quienes hayan creado e implementado alguna estrategia o estrategias innovadoras de desarrollo pedagógico en el aula, con relevancia en la transformación de la práctica educativa y de gran impacto en la adquisición de los aprendizajes esperados de sus alumnos;
5. Mérito científico.
A quienes hayan realizado aportaciones para el desarrollo científico con reconocimiento a nivel estatal y nacional, cuyo trabajo de investigación se encuentre publicado en revistas u otros documentos de divulgación científica;
6. Tecnología educativa.
A quienes desarrollen y hagan uso de las herramientas tecnológicas o digitales, con el objeto de transformar su práctica docente, brindando a las y los alumnos la oportunidad de fortalecer su proceso educativo, reduciendo la brecha digital;
7. Impulso intercultural y bilingüe.
A quienes promuevan y fortalezcan mediante su práctica docente la educación intercultural y plurilingüe, y que coadyuven al enaltecimiento de la identidad cultural de la niñez indígena;
8. Inclusión educativa.
A quienes mediante su práctica docente impulsen y fortalezcan acciones enfocadas a la inclusión de todas las y los estudiantes, en particular de quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad, con el fin de generar una educación con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva;
9. Impulso para la integración educativa de adultos para abatir el rezago educativo.
A quienes por su compromiso social y humano desarrollen una práctica educativa que integre al mayor número de adultos al sistema educativo y desarrolle en ellos conocimientos, habilidades, competencias y aptitudes; ayudándolos a superar las barreras de exclusión social y laboral.
El Pergamino y la Medalla al Reconocimiento Docente son un reconocimiento que entrega la Junta de Coordinación Política en representación de la Legislatura, con base en la propuesta del acuerdo de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Se otorgarán a las maestras y los maestros que destaquen por su compromiso social a través de actividades relevantes que representen el enaltecimiento de la educación en el Estado de México.
Se promoverá y garantizará la paridad entre los géneros en la postulación de los acreedores, resultando que por cada modalidad sean reconocidos uno de cada género.
El Pergamino y la Medalla al Reconocimiento Docente serán otorgados en sesión solemne.
La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Poder Legislativo del Estado de México, se erigirá como jurado calificador.
El Jurado Calificador recibirá los expedientes digitales de las candidatas y los candidatos que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria para su evaluación.
El proceso de evaluación y selección de las candidatas y los candidatos, cuya labor sea destacada en cualquiera de las modalidades, será acordado y definido por el Jurado Calificador.
El Jurado Calificador tendrá la atribución de declarar desierta cualquier modalidad cuando así lo considere por estimar que no existen los suficientes méritos para recibir el galardón.
Las decisiones del Jurado Calificador serán de carácter definitivo e inapelable.
Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el Jurado Calificador.
Trayectoria:
Se evaluará la evolución que distinga el comportamiento de la candidata o candidato en sus actividades intelectuales, artísticas, económicas, sociales, académicas, entre otras.
Carácter Inspirador:
Se determinará si la candidata o el candidato establecen proyectos con una visión clara y convincente ante una problemática; si concientizan y motivan a otros a actuar o cuestionar el marco en el que éstas se contemplan; así como, hacer de la carrera docente una profesión atractiva.
Impacto y Alcance:
Se evaluará en función del impacto social positivo que ha tenido la labor de los participantes, así como en el desarrollo de los objetivos de la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030.
Carácter Innovador:
Se evaluará el uso de enfoques, técnicas y/o metodologías innovadoras en la práctica docente con impacto en el desarrollo de competencias de las y los estudiantes.
Los resultados serán publicados de manera oportuna y previa a la ceremonia de premiación, a través de las redes sociales y la página web oficial de la LXII Legislatura del Estado de México: https://www.congresoedomex.gob.mx
El Pergamino y la Medalla al Reconocimiento Docente serán otorgados en sesión solemne.
La participación en la convocatoria significa el conocimiento y aceptación de las bases y sus disposiciones, así como la renuncia a cualquier tipo de reclamo o protesta.
Los documentos entregados por las o los participantes, así como los datos personales que pudieran contener, serán tratados de conformidad con lo establecido en el Aviso de Privacidad de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, el cual estará disponible para su consulta en la página de Internet de la Legislatura, a través del enlace: Aviso de privacidad - Comisión de Educación (2026).pdf (www.congresoedomex.gob.mx) Asimismo, no procederá la cancelación de los datos personales ni serán devueltos los documentos que los contienen y que fueron entregados con motivo de la presente Convocatoria, salvo que hayan transcurrido los plazos establecidos en los instrumentos de control archivístico, de conformidad con lo establecido en la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipio.