Comunicado 1091

01 de Octubre 2025

Declara Congreso constitucionalidad de reforma en materia de bienestar

  • La declaratoria busca garantizar los derechos fundamentales de la población, mediante políticas públicas inclusivas de desarrollo social.
  • Eleva a rango constitucional diversos programas sociales en favor de personas con discapacidad y adultas mayores, mujeres en situación de vulnerabilidad, acceso a vivienda, salarios a personas del campo y apoyos a personas dedicadas a la pesca.

El Congreso del Estado de México declaró la aprobación de la minuta proyecto de decreto por la que se reforman disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en materia de bienestar, con lo que se elevan a rango constitucional diversos programas sociales en favor de la población.

Con la declaratoria de reforma constitucional, emitida con el voto mayoritario de los ayuntamientos, en la carta magna quedan establecidos programas sociales para otorgar pensión a personas con discapacidad y adultas mayores, y a mujeres en condición de vulnerabilidad; así como garantizar el acceso a una vivienda digna y establecer un salario seguro, justo y permanente para personas trabajadoras del campo, y brindar apoyos a quienes se dedican a la pesca.

En sesión deliberante, la legisladora Miriam Silva Mata (PVEM) dio lectura al decreto de aprobación de la reforma, cuyo decreto conjuntó las iniciativas de la y los diputados María José Pérez, Edmundo Luis Valdeña y Carlos Antonio Martínez Zurita, de morena; Mariano Camacho (PRI); integrantes de la bancada de MC; y de la gobernadora Delfina Gómez.

Con este ajuste constitucional, el Congreso local impulsa la garantía de los derechos fundamentales de la población, mediante la obligación del Estado de establecer políticas públicas inclusivas de desarrollo social que mejoren el bienestar, eleven la calidad de vida, fortalezcan la justicia social y eliminen cualquier práctica discriminatoria que restrinja el ejercicio de los derechos sociales y la dignidad humana en la entidad.

Igualmente, se garantizará el derecho a una pensión no contributiva —es decir, sin necesidad de haber trabajado o cotizado previamente— tanto a las personas con discapacidad permanente menores de 65 años, como a las personas mayores de esa edad, mediante la pensión para personas adultas mayores.

Por otro lado, se entregará un apoyo económico periódico a las mujeres que habiten dentro del territorio estatal y se encuentren en condición de vulnerabilidad.

Además, toda persona tendrá derecho a una vivienda digna y adecuada, por lo que el Estado garantizará, de manera progresiva, los instrumentos y apoyos necesarios para alcanzar ese objetivo.

Asimismo, el Estado asegurará la entrega de un jornal seguro, justo y permanente a trabajadoras y trabajadores del campo que cultiven sus tierras con árboles frutales, maderables y especies que requieren ser procesadas. Igualmente, un apoyo anual directo y fertilizantes gratuitos a personas productoras de pequeña escala, y un apoyo anual directo a personas pescadoras de pequeña escala.

Establece destinar anualmente los recursos presupuestarios suficientes, oportunos y adecuados, conforme al principio de progresividad y no regresión, para garantizar la transferencia de recursos directos hacia la población beneficiaria. Cabe señalar que el monto de estos recursos no podrá ser disminuido, en términos reales, respecto del que se haya determinado en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

Por último, se incorpora el concepto de “desarrollo social” en el artículo 5 de la Constitución local y garantiza el ejercicio —y no sólo el acceso, como lo establece la legislación vigente— de los derechos sociales y la dignidad humana.

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