Comunicado 1612

17 de Febrero 2026

Comisión avala medidas para evitar injerencia en sindicatos

  • La Comisión de Trabajo, Previsión y Seguridad Social de la LXII Legislatura avaló prohibir la intervención institucional en la vida interna de los sindicatos de burócratas y tipificarla como falta administrativa grave.
  • La iniciativa establece que los sindicatos deben estar protegidos frente a cualquier injerencia de las personas servidoras públicas en su organización, funcionamiento y elecciones internas.

Congresistas de la Comisión de Trabajo, Previsión y Seguridad Social de la LXII Legislatura mexiquense aprobaron prohibir la intervención institucional en la vida interna de los sindicatos y tipificarla como falta administrativa grave, con el fin de prevenir la utilización política o administrativa de los sindicatos y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos colectivos de las personas servidoras públicas. 

En reunión para dictaminar la iniciativa de reforma a las Leyes del Trabajo de los Servidores Públicos y de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, autoría del diputado Rigoberto Vargas Cervantes (morena), las y los integrantes de la comisión legislativa avalaron que los sindicatos gocen de adecuada protección contra todo acto de injerencia por parte de las personas servidoras públicas en su constitución, funcionamiento, administración y libre desarrollo de las elecciones sindicales, las condiciones de elegibilidad, la reelección y la destitución de las directivas de los sindicatos.

Asimismo, que cualquier contravención a esta disposición será considerada falta administrativa grave y sancionada en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios. De acuerdo con esta normatividad, corresponde al Tribunal de Justicia Administrativa estatal imponer estas sanciones, que van de la suspensión del empleo, cargo o comisión; destitución, multa económica e inhabilitación temporal, hasta dar vista al ministerio público cuando tales faltas constituyen un delito.

En la reunión que presidió el diputado Ernesto Santillán Ramírez (PT), el autor de la propuesta recordó que con esta aprobación se armoniza la legislación estatal con la reforma a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicada en diciembre de 2025, que establece de manera expresa la prohibición absoluta de injerencia de autoridades y personas servidoras públicas en la vida interna de los sindicatos, así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento. 

Entre los actos de intromisión que la reforma considera se tiene el condicionar la prestación de servicios institucionales, apoyos, licencias o permisos laborales a la emisión del voto o apoyo hacia una planilla sindical; ofrecer beneficios laborales, ascensos, estímulos o promociones a cambio de apoyo o voto sindical; y negar, suspender o limitar derechos o programas internos, capacitaciones, bonos o reconocimientos como represalia por no apoyar determinada opción sindical.

También utilizar programas institucionales o apoyos sociales para inducir o coaccionar el voto sindical; destinar, utilizar o permitir el uso de fondos, bienes, servicios o personal institucional para favorecer o perjudicar a determinada planilla, corriente o dirigencia sindical; difundir propaganda, mensajes o material institucional que promueva o desacredite a una candidatura o grupo sindical; y permitir el uso de instalaciones, vehículos, redes o infraestructura pública para actos de campaña o propaganda sindical.

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